Historial de revisiones de «Artículo 1723 del Código Civil»

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10 oct 2024

  • actant 19:1519:15 10 oct 2024‎ María José Montes discusión contribs.‎ 1971 bytes +1971‎ Página creada con « Artículo 1723 del Código Civil. Durante el matrimonio los cónyuges podrán substituir el régimen de sociedad de bienes por el de participación en los gananciales o por el de separación total. También podrán substituir la separación total por el régimen de participación en los gananciales. El pacto que los cónyuges celebren en conformidad a este artículo deberá otorgarse por escritura pública y no surtirá efectos entre las partes ni respecto de…»