Historial de revisiones de «Artículo 2163 del Código Civil»

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10 oct 2024

  • actant 21:1421:14 10 oct 2024María José Montes discusión contribs. 756 bytes +756 Página creada con « Artículo 2163 del Código Civil. El mandato termina: 1.º Por el desempeño del negocio para que fue constituido; 2.º Por la expiración del término o por el evento de la condición prefijados para la terminación del mandato; 3.º Por la revocación del mandante; 4.º Por la renuncia del mandatario; 5.º Por la muerte del mandante o del mandatario; 6.º Por tener la calidad de deudor en un procedimiento concursal de liquidación, el m…»