Historial de revisiones de «Artículo 557-1 del Código Civil»

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9 oct 2024

  • actant 14:2814:28 9 oct 2024‎ María José Montes discusión contribs.‎ 912 bytes +912‎ Página creada con « Artículo 557-1 del Código Civil. Las personas jurídicas regidas por este Título estarán obligadas a llevar contabilidad de conformidad con los principios de contabilidad de aceptación general. Deberán además confeccionar anualmente una memoria explicativa de sus actividades y un balance aprobado por la asamblea o, en las fundaciones, por el directorio. Las personas jurídicas cuyo patrimonio o cuyos ingresos totales anuales superen los límites defini…»