Historial de revisiones de «Artículo 822 del Código Civil»

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9 oct 2024

  • actant 15:4115:41 9 oct 2024María José Montes discusión contribs. 496 bytes +496 Página creada con « Artículo 822 del Código Civil. Servidumbre continua es la que se ejerce o se puede ejercer continuamente, sin necesidad de un hecho actual del hombre, como la servidumbre de acueducto por un canal artificial que pertenece al predio dominante; y servidumbre discontinua la que se ejerce a intervalos más o menos largos de tiempo, y supone un hecho actual del hombre, como la servidumbre de tránsito. ==Materias== ==Jurisprudencia== Categoría:Artículos del…»