Diferencia entre revisiones de «Recursos procesales»

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==Introducción==
==Introducción==
===Concepto===
  Según la etimología, recurso quiere decir literalmente "regreso al punto de partida", entendiendo esto como recorrer el camino ya hecho. En el ámbito jurídico, esto denota tanto el recorrido que se hace nuevamente mediante otra instancia como el medio de impugnación por virtud del cual se recorre el proceso.
  Según la etimología, recurso quiere decir literalmente "regreso al punto de partida", entendiendo esto como recorrer el camino ya hecho. En el ámbito jurídico, esto denota tanto el recorrido que se hace nuevamente mediante otra instancia como el medio de impugnación por virtud del cual se recorre el proceso.
  Con todo, las resoluciones judiciales pueden ser muchas veces injustos o irregulares, lo que podría perjudicar el debido proceso que se establece en el artículo 19 Nº3 de la Constitución política de la República. Una forma de poder dar solución a esto y dar cumplimiento legítimo al debido proceso, es que surgen los recursos procesales que actúan como un medio de impugnación con el fin de reparar vicios formales o de fondo que surjan en los procedimientos jurisdiccionales no ejecutoriados y de esta manera lograr obtener de ellos resoluciones acorde a derecho, logrando su modificación, anulación o revocación. Por lo tanto, con estos se podrá atacar o refutar diversos actos judiciales irregulares o viciados. A su vez, resulta importante recalcar que la única forma por la que se puede dejar sin efecto una resolución judicial es mediante los recursos procesales, los que podrían entenderse además como una garantía para el ciudadano.
  Con todo, las resoluciones judiciales pueden ser muchas veces injustos o irregulares, lo que podría perjudicar el debido proceso que se establece en el artículo 19 Nº3 de la Constitución política de la República. Una forma de poder dar solución a esto y dar cumplimiento legítimo al debido proceso, es que surgen los recursos procesales que actúan como un medio de impugnación con el fin de reparar vicios formales o de fondo que surjan en los procedimientos jurisdiccionales no ejecutoriados y de esta manera lograr obtener de ellos resoluciones acorde a derecho, logrando su modificación, anulación o revocación. Por lo tanto, con estos se podrá atacar o refutar diversos actos judiciales irregulares o viciados. A su vez, resulta importante recalcar que la única forma por la que se puede dejar sin efecto una resolución judicial es mediante los recursos procesales, los que podrían entenderse además como una garantía para el ciudadano.
  Los actores en dicho proceso se denominan recurrente y recurrido. El primero de ellos corresponde a quien interpone un recurso frente al tribunal mientras que el segundo, corresponde al que no ha interpuesto el recurso y que está conforme con el fallo.  
  Los actores en dicho proceso se denominan recurrente y recurrido. El primero de ellos corresponde a quien interpone un recurso frente al tribunal mientras que el segundo, corresponde al que no ha interpuesto el recurso y que está conforme con el fallo.  
==Elementos==
 
===Elementos===
  Para que nos encontremos frente a un recurso, es necesario que se cumplan ciertos requisitos de manera copulativa y que son comunes a todos los recursos procesales, así lo señalan Mario Mosquera y Cristian Maturana (Mosquera, M. y Maturana, C. (2023). ''Los recursos procesales''. Editorial jurídica de Chile) tales son:  
  Para que nos encontremos frente a un recurso, es necesario que se cumplan ciertos requisitos de manera copulativa y que son comunes a todos los recursos procesales, así lo señalan Mario Mosquera y Cristian Maturana (Mosquera, M. y Maturana, C. (2023). ''Los recursos procesales''. Editorial jurídica de Chile) tales son:  
   
   
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  e) Debe impugnarse una resolución judicial no ejecutoriada, dentro del mismo proceso en que se dictó
  e) Debe impugnarse una resolución judicial no ejecutoriada, dentro del mismo proceso en que se dictó
  f) Persigue la revisión de la sentencia impugnada
  f) Persigue la revisión de la sentencia impugnada
===Limitaciones===
La posibilidad de revisar los errores tiene ciertas limitaciones
 
- Sólo pueden deducirse recursos que fueron previamente establecidos por ley;
- El recurso sólo puede ser deducido por una parte del proceso. A su vez, estas podrían renunciar a los recursos, ya sea no interponiendo en tiempo y forma, o bien de manera anticipada tal como lo señala el inciso segundo del [[Artículo 7 del Código de Procedimiento Civil]]. Además, los recursos también podrían ser objeto de desistimiento, lo que no requeriría de facultades especiales.
- El recurrente debe verse perjudicado o agraviado con el error cometido.
  el recurrente deberá cumplir con los requisitos legales para deducir el recurso.
- El recurrente tiene limitadas las oportunidades para recurrir de la sentencia.
El tribunal que es llamado por ley a conocer el recurso, también tendrá limitadas sus facultades. Con todo, dependiendo del tipo de recurso que la parte haya deducido el tribunal podrá '''enmendar''' o '''anular''' y en algunos casos cuando se trate de un recurso que admita la nulidad, dicha declaración podría afectar a otros actos del procedimiento que no fueron impugnados en forma directa en el recurso.
===Fuentes===
Las fuentes de los recursos son las siguientes:
 
- Constitución Política de la República (que puede ser considerada como fuente directa de los recursos de protección y amparo, mientras que también pueden ser considerada como fuente indirecta, que se refieren a todas las normas que se vinculan a instituciones generales del derecho procesal);
- Código Orgánico de Tribunales;
- Código de Procedimiento Civil;
- Código de Procedimiento Penal;
- Código Procesal Penal;
- Recursos de Carácter especial contemplados fuera de los Códigos procedimentales de aplicación general (tales como el derecho del trabajo; derecho de familia; derecho tributario y el Decreto Ley Nº211);
- Sistema de los recursos respecto de los tribunales arbitrales.
===Clasificación de los Recursos===
Los recursos procesales pueden clasificarse atendiendo lo siguiente:
A) De acuerdo con la fuente de los recursos
B) Conforme a su procedencia en contra de la mayor o menor cantidad de resoluciones judiciales y de las cuales que le sirven de fundamento
  a. Procedencia del o los recursos respecto de la mayoría de las resoluciones judiciales:

Revisión del 19:50 24 oct 2024

Introducción

Concepto

Según la etimología, recurso quiere decir literalmente "regreso al punto de partida", entendiendo esto como recorrer el camino ya hecho. En el ámbito jurídico, esto denota tanto el recorrido que se hace nuevamente mediante otra instancia como el medio de impugnación por virtud del cual se recorre el proceso.
Con todo, las resoluciones judiciales pueden ser muchas veces injustos o irregulares, lo que podría perjudicar el debido proceso que se establece en el artículo 19 Nº3 de la Constitución política de la República. Una forma de poder dar solución a esto y dar cumplimiento legítimo al debido proceso, es que surgen los recursos procesales que actúan como un medio de impugnación con el fin de reparar vicios formales o de fondo que surjan en los procedimientos jurisdiccionales no ejecutoriados y de esta manera lograr obtener de ellos resoluciones acorde a derecho, logrando su modificación, anulación o revocación. Por lo tanto, con estos se podrá atacar o refutar diversos actos judiciales irregulares o viciados. A su vez, resulta importante recalcar que la única forma por la que se puede dejar sin efecto una resolución judicial es mediante los recursos procesales, los que podrían entenderse además como una garantía para el ciudadano.
Los actores en dicho proceso se denominan recurrente y recurrido. El primero de ellos corresponde a quien interpone un recurso frente al tribunal mientras que el segundo, corresponde al que no ha interpuesto el recurso y que está conforme con el fallo. 

Elementos

Para que nos encontremos frente a un recurso, es necesario que se cumplan ciertos requisitos de manera copulativa y que son comunes a todos los recursos procesales, así lo señalan Mario Mosquera y Cristian Maturana (Mosquera, M. y Maturana, C. (2023). Los recursos procesales. Editorial jurídica de Chile) tales son: 

a) Debe estar previsto por el legislador, determinando el Tribunal que debe conocer del mismo como el procedimiento que debe seguirse para su solución; 
b) Es un acto jurídico procesal de parte o de quien tenga legitimación para actuar; 
c) Debe existir un agravio para el recurrente; 
d) Debe impugnarse dentro de los plazos y en la forma prevista por el legislador
e) Debe impugnarse una resolución judicial no ejecutoriada, dentro del mismo proceso en que se dictó
f) Persigue la revisión de la sentencia impugnada

Limitaciones

La posibilidad de revisar los errores tiene ciertas limitaciones
 
- Sólo pueden deducirse recursos que fueron previamente establecidos por ley; 
- El recurso sólo puede ser deducido por una parte del proceso. A su vez, estas podrían renunciar a los recursos, ya sea no interponiendo en tiempo y forma, o bien de manera anticipada tal como lo señala el inciso segundo del Artículo 7 del Código de Procedimiento Civil. Además, los recursos también podrían ser objeto de desistimiento, lo que no requeriría de facultades especiales. 
- El recurrente debe verse perjudicado o agraviado con el error cometido. 
 el recurrente deberá cumplir con los requisitos legales para deducir el recurso. 
- El recurrente tiene limitadas las oportunidades para recurrir de la sentencia. 

El tribunal que es llamado por ley a conocer el recurso, también tendrá limitadas sus facultades. Con todo, dependiendo del tipo de recurso que la parte haya deducido el tribunal podrá enmendar o anular y en algunos casos cuando se trate de un recurso que admita la nulidad, dicha declaración podría afectar a otros actos del procedimiento que no fueron impugnados en forma directa en el recurso. 

Fuentes

Las fuentes de los recursos son las siguientes:
 
- Constitución Política de la República (que puede ser considerada como fuente directa de los recursos de protección y amparo, mientras que también pueden ser considerada como fuente indirecta, que se refieren a todas las normas que se vinculan a instituciones generales del derecho procesal); 
- Código Orgánico de Tribunales; 
- Código de Procedimiento Civil;
- Código de Procedimiento Penal; 
- Código Procesal Penal; 
- Recursos de Carácter especial contemplados fuera de los Códigos procedimentales de aplicación general (tales como el derecho del trabajo; derecho de familia; derecho tributario y el Decreto Ley Nº211); 
- Sistema de los recursos respecto de los tribunales arbitrales. 

Clasificación de los Recursos

Los recursos procesales pueden clasificarse atendiendo lo siguiente: 

A) De acuerdo con la fuente de los recursos
B) Conforme a su procedencia en contra de la mayor o menor cantidad de resoluciones judiciales y de las cuales que le sirven de fundamento
 a. Procedencia del o los recursos respecto de la mayoría de las resoluciones judiciales: