Artículo 953 del Código Civil

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Artículo 953 del Código Civil. Se llaman asignaciones por causa de muerte las que hace la ley, o el testamento de una persona difunta, para suceder en sus bienes.
   Con la palabra asignaciones se significan en este Libro las asignaciones por causa de muerte, ya las haga el hombre o la ley.
   Asignatario es la persona a quien se hace la asignación.

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