Artículo 1667 del Código Civil
De DerechoPedia
Artículo 1667 del Código Civil. Si el concurso de las dos calidades se verifica solamente en una parte de la deuda, no hay lugar a la confusión, ni se extingue la deuda, sino en esa parte.
Artículo 1667 del Código Civil. Si el concurso de las dos calidades se verifica solamente en una parte de la deuda, no hay lugar a la confusión, ni se extingue la deuda, sino en esa parte.
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