Artículo 2022 del Código Civil

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Artículo 2022 del Código Civil. Se constituye un censo cuando una persona contrae la obligación de pagar a otra un rédito anual, reconociendo el capital correspondiente, y gravando una finca suya con la responsabilidad del rédito y del capital.
   Este rédito se llama censo o canon; la persona que le debe, censuario, y su acreedor, censualista.

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