Artículo 2268 del Código Civil
De DerechoPedia
Artículo 2268 del Código Civil. Es libre a los contratantes establecer la pensión que quieran a título de renta vitalicia. La ley no determina proporción alguna entre la pensión y el precio.
Artículo 2268 del Código Civil. Es libre a los contratantes establecer la pensión que quieran a título de renta vitalicia. La ley no determina proporción alguna entre la pensión y el precio.
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