Artículo 1069 del Código Civil

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Artículo 1069 del Código Civil. Sobre las reglas dadas en este título acerca de la inteligencia y efecto de las disposiciones testamentarias, prevalecerá la voluntad del testador claramente manifestada, con tal que no se oponga a los requisitos o prohibiciones legales.
   Para conocer la voluntad del testador se estará más a la substancia de las disposiciones que a las palabras de que se haya servido.

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Jurisprudencia