Artículo 1436 del Código Civil
De DerechoPedia
Ir a la navegaciónIr a la búsqueda
Artículo 1436 del Código Civil. En lo demás, las donaciones remuneratorias quedan sujetas a las reglas de este título.
Artículo 1436 del Código Civil. En lo demás, las donaciones remuneratorias quedan sujetas a las reglas de este título.
Atención directa por abogada laboral. Cuéntanos tu caso y te orientamos.
¿Prefieres escribir con más detalle? Respondemos dentro de 24 horas hábiles.