Cesión de Derechos Hereditarios

De DerechoPedia
Ir a la navegaciónIr a la búsqueda

La legislación civil permite que una persona, a través de un acuerdo de voluntades, ceda sus derechos reales o personales a un tercero llamado cesionario. Producto del fallecimiento de una persona, es común sus herederos adquieren una cuota o porcentaje de derechos sobre bienes muebles o inmuebles una vez terminado el proceso de la posesión efectiva.

Con la finalidad de permitir al heredero de derechos sobre bienes muebles o inmuebles, ceder su parte o porcentaje de derechos a un tercero, Kopaitic y Asociados asesora a nuestros clientes en la confección de instrumentos públicos o privados que permitan transferir, a título oneroso (venta) o gratuito (donación), dichos derechos, realizando los trámites antes organismos públicos o privados.


-----------0----------

El presente texto fue redactado por Emilio Kopaitic Aguirre, Magíster en Derecho Laboral y Seguridad Social.

WhatsApp: + 56 9 7471 7602 - www.kya.cl - Instagram - Facebook - ekopaitic@kya.cl

Para mantenerte al día con la jurisprudencia y doctrina, sigue a Derechopedia.cl en LinkedIn