Historial de revisiones de «Artículo 110 de la ley de procedimiento de familia»

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1 oct 2024

  • actant 01:5901:59 1 oct 2024Admin discusión contribs. 714 bytes +714 Página creada con « '''Artículo 110 de la ley de procedimiento de familia.- Duración de la mediación.''' El proceso de mediación no podrá durar más de sesenta días, contados desde que se comunica al mediador su designación por parte del juzgado de familia. Con todo, los participantes, de común acuerdo, podrán solicitar la ampliación de este plazo hasta por sesenta días más. Durante ese plazo, podrán celebrarse todas las sesiones que el mediador y las partes…»