Historial de revisiones de «Artículo 44 del Código Civil»

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4 oct 2024

29 sep 2024

  • actant 02:0102:01 29 sep 2024‎ Admin discusión contribs.‎ 1211 bytes +1211‎ Página creada con « Artículo 44 del Código Civil. La ley distingue tres especies de culpa o descuido. Culpa grave, negligencia grave, culpa lata, es la que consiste en no manejar los negocios ajenos con aquel cuidado que aun las personas negligentes y de poca prudencia suelen emplear en sus negocios propios. Esta culpa en materias civiles equivale al dolo. Culpa leve, descuido leve, descuido ligero, es la falta de aquella diligencia y cuidado que los hombres emplean ordina…»