Artículo 59 del Código Civil
De DerechoPedia
Artículo 59 del Código Civil. El domicilio consiste en la residencia, acompañada, real o presuntivamente, del ánimo de permanecer en ella. Divídese en político y civil
Artículo 59 del Código Civil. El domicilio consiste en la residencia, acompañada, real o presuntivamente, del ánimo de permanecer en ella. Divídese en político y civil
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