Artículo 1568 del código Civil

De DerechoPedia
Revisión del 02:14 10 oct 2024 de Admin (discusión | contribs.) (Página creada con « Artículo 1568 del código Civil. El pago efectivo es la prestación de lo que se debe. ==Materias== ==Jurisprudencia== Categoría:Artículos del Código Civil Chileno»)
(difs.) ← Revisión anterior | Revisión actual (difs.) | Revisión siguiente → (difs.)
Ir a la navegaciónIr a la búsqueda
Artículo 1568 del código Civil. El pago efectivo es la prestación de lo que se debe.


Materias

Jurisprudencia