Los Jueces y el AFC
La siguiente es una lista de jueces y juezas en relación a si condenan a la devolución del descuento patrocinal del seguro de cesantía o no, una vez que han declarado que el despido por necesidades de la emrpesa o desahucio es injustificado.
La Ley 19.728 creó el Seguro de Cesantía en Chile, financiado por cotizaciones mensuales del trabajador (0,6 %) y del empleador (2,4 %). DerechoPedia
El artículo 13 de esa ley dispone que, si el contrato termina por la causal de “necesidades de la empresa” (art. 161 del Código del Trabajo), la indemnización por años de servicio se debe imputar, en parte, a la Cuenta Individual de Cesantía constituida con las cotizaciones patronales y su rentabilidad, descontados los costos de administración. DerechoPedia
El debate surge cuando el despido por “necesidades de la empresa” es declarado injustificado por un tribunal: ¿puede el trabajador reclamar que se le devuelva ese aporte patronal que el empleador “recuperó” descontándolo de la indemnización por años de servicio?
Debate de la devolución del Seguro de Cesantía pagado por el empleador
Argumentos en contra de la devolución
Condición normativa del artículo 13: El artículo 13 exige que el despido efectivamente haya ocurrido por la causal de “necesidades de la empresa”. Si la sentencia judicial declara esa causal como injustificada, entonces no se cumple el presupuesto legal para la imputación al seguro de cesantía, y por ende, no procede la deducción. DerechoPedia
Evitar el abuso del empleador: Si se permitiera la imputación a pesar de que la causa del despido fue declarada improcedente o injustificada, se incentivaría a los empleadores a invocar erróneamente esa causal para descontar del seguro de cesantía, incluso cuando en realidad no le correspondía: se aprovecharían del error o dolo propio (“nemo auditur turpitudinem”). DerechoPedia
Restricción del beneficio patronal: La imputación de las cotizaciones del empleador al seguro de cesantía es una prerrogativa legal pensada como un beneficio excepcional al empleador, no un derecho absoluto. Debe aplicarse restrictivamente y sólo si efectivamente se cumplen los presupuestos normativos. DerechoPedia
En la jurisprudencia de la Corte Suprema, las unificaciones recientes han reiterado esta tesis: cuando el despido por necesidades de la empresa es declarado improcedente o injustificado, no cabe la imputación. DerechoPedia
Argumentos a favor de la imputación/descuento
Naturaleza del seguro de cesantía como sistema mixto: La Ley 19.728 combina un sistema de ahorro individual obligatorio con un fondo solidario complementario. El aporte patronal forma parte del ahorro obligatorio en la cuenta individual del trabajador y fue concebido para amortiguar económicamente la cesantía. DerechoPedia
La imputación según el artículo 13 es normativa: El artículo 13 no solo permite sino que obliga a imputar el saldo de la cuenta individual constituida por las cotizaciones patronales (más rentabilidad, menos costos administrativos) a la indemnización por años de servicio, cuando aplica la causal del art. 161. En ese sentido, si el despido se fundamentó en esa causal, la deducción está legalmente prevista y hay que aplicarla. DerechoPedia
Interpretación sobre la calificación judicial del despido: Hay quienes sostienen que la declaración judicial sobre improcedencia de otras causales no anula automáticamente el derecho a la imputación, siempre que el tribunal haya invocado el art. 161 como base legal del despido o, según el artículo 168 del Código del Trabajo, haya que entender que ese fue el verdadero fundamento del despido en caso de no acreditarse otras causales. Así, la imputación seguiría siendo válida, incluso si la sentencia ve otras irregularidades en el despido. DerechoPedia
Jurisprudencia favor de la imputación: La Corte Suprema ha dictado algunas unificaciones en que se aceptó el descuento del aporte patronal, especialmente cuando el tribunal estimó que sí se configuraba la causal de “necesidades de la empresa” como fundamento jurídico del despido, o que legalmente debía entenderse como tal en virtud del artículo 168 del Código del Trabajo. DerechoPedia
Jueces y Juezas que Sí condenan a la Devolución y No
| Nombre (SI) | Nombre (NO) |
|---|---|
| ALEX AYALA | ANGÉLICA CORTES |
| ALVARO FLORES | ANGÉLICA PÉREZ |
| ANDREA SILVA | CARMEN CORREA |
| ANDREA SOLER | CAROLINA GAJARDO |
| ANTONIETA NUÑEZ | CECILIA AGÜERO |
| CAROLINA DONOSO | CLAUDIA RIQUELME |
| CLAUDIO OLIVA | CLAUDIA SALGADO |
| CAROLINA BRAVO | DANIEL JURICIC |
| CAROLINA LUENGO | DANIELA GONZALEZ |
| CLAUDIA HERMOSILLA | EDUARDO RAMIREZ |
| CLAUDIA TAPIA | LILIANA LIZANA |
| CRISTIAN AZOCAR | LORENA FLORES |
| DANIEL LEIVA | MARIA VERONICA TORRES |
| DANIEL RICARDI | MAURICIO VIDAL |
| DENNYS ARAYA | RICARDO ARAYA |
| EMA NOVOA | VIOLETA DÍAZ |
| EVA ARANGUIZ | |
| FRANCISCO VEAS | |
| GERMAIN PETIT LAURENT | |
| GONZALO FIGUEROA | |
| HECTOR CARO | |
| IVAN PEREIRA | |
| IVETTE MOURGUET | |
| JOHANNA HERNÁNDEZ | |
| JORGE ESCUDERO | |
| JOSE BRIONES | |
| LILIANA LEDEZMA | |
| LUZ CELEDÓN | |
| MARCELA SOLAR | |
| MARIA FDA SIERRA | |
| MARIA LORETO REYES |
