Estado civil

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Estado Civil: Artículos 304 y sgtes del Código Civil: Criticada, pues pareciera el legislador referirse a la capacidad: “El estado civil es la calidad de un individuo, en cuanto le habilita para ejercer ciertos derechos o contraer ciertas obligaciones civiles”. Se asemeja al 1445 (Capacidad de Ejercicio)

Doctrina: Estado Civil es la calidad permanente que un individuo ocupa en la sociedad y que depende de sus relaciones de familia, y que lo habilita para ejercer derechos y contraer obligaciones (viene del latín status)