Todos los registros públicos

De DerechoPedia
Ir a la navegaciónIr a la búsqueda

Vista combinada de todos los registros de DerechoPedia. Puedes filtrar la vista seleccionando un tipo de registro, el nombre del usuario o la página afectada. Se distinguen mayúsculas de minúsculas.

Registros
  • 19:11 10 oct 2024 María José Montes discusión contribs. creó la página Artículo 1657 del Código Civil (Página creada con « Artículo 1657 del Código Civil. Para que haya lugar a la compensación es preciso que las dos partes sean recíprocamente deudoras. Así el deudor principal no puede oponer a su acreedor por vía de compensación lo que el acreedor deba al fiador. Ni requerido el deudor de un pupilo por el tutor o curador, puede oponerle por vía de compensación lo que el tutor o curador le deba a él. Ni requerido uno de varios deudores solidarios pueden compensar…»)