Despido injustificado en Valparaíso

De DerechoPedia
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¿Te despidieron "sin justa causa" aquí en la Región de Valparaíso? 🌊 ¡Tu verdad es la clave! 🗝️ En Kopaitic & Asociados te escuchamos y te defendemos con todo. 💪

Recibir esa carta de despido 📄 puede ser súper angustiante y confuso, ¡lo sabemos! Especialmente aquí en nuestra querida V Región. Quizás te dijeron adiós 👋 con la excusa de "Necesidades de la Empresa" o hasta con un despido disciplinario. 🧐

Pero, detente un segundo y pregúntate: ¿Todo lo que dice esa carta es 100% real? 🤔 ¿Hay partes de la historia que no contaron? 🤫 Lo que está escrito en el papel no siempre es toda la verdad, y tu versión de los hechos importa un montón.

La ley es clara 📜: el empleador tiene que justificar el despido con pruebas reales, no con cuentos. Si fue por "Necesidades de la Empresa", necesitan demostrar con peras y manzanas 🍎🍐 que había problemas graves y reales (como bajas en la pega o cambios en el mercado). ¡No basta con decirlo, hay que probarlo! Si la carta es puro bla bla o no pueden demostrar lo que dicen, un tribunal podría decir: "¡Despido injustificado!". 👨‍⚖️👩‍⚖️

En Kopaitic & Asociados entendemos ese "dolor jurídico" 💔 y la confusión que provoca un despido. ¡Nacimos en Viña del Mar! 🌴 Somos de la zona y nos especializamos en Derecho Laboral para defender a trabajadores como tú.

¡Estamos aquí para apañarte! Lo primero es escucharte a ti 🗣️. Queremos saber tu historia, lo que viviste y cómo te sentiste. Después, nos ponemos los lentes de detective 🕵️‍♂️ y analizamos tu caso a fondo: la carta, la causal y lo que de verdad pasó.

¡OJO! Dato vital: Si firmas el finiquito sin hacer una "reserva de derechos", podrías perder tu oportunidad de demandar. 😱 ¡Tranqui! Te asesoramos para que lo hagas bien y te explicamos todo en fácil, sin palabras complicadas. 😉

En Kopaitic & Asociados no solo te damos consejos, ¡vamos a la pelea por tus derechos! 🛡️ Buscamos la justicia que te mereces y luchamos por esas lucas extras 💰 que te corresponden si tu despido fue chueco.

No te quedes con la duda ni te fíes de cualquier cosa que leas por ahí. Aunque ayudamos a gente de todo Chile, nuestro corazón y origen están aquí, en la Región de Valparaíso, y cachamos tu realidad. 🤙

¡Conversemos hoy mismo y evaluemos tu caso! Estamos listos para escucharte, acompañarte y defenderte. ¡Tu historia nos importa! ✨

📩 ekopaitic@kya.cl

📞 O llámanos al tiro: + 56 9 7471 7602

📍 ¡Date una vuelta! Estamos en Reñaca Norte 25, Oficina 1405, Viña del Mar - Valparaíso.

Algunos fallos

Juzgado de Letras del Trabajo de Rancagua, O-576-15: "Sexto: Que todo lo concerniente a la terminación de la relación laboral se encuentra normado en el Título V del Libro I del Código del Trabajo, cuyo epígrafe es: "De la terminación del contrato de trabajo y estabilidad en el empleo". Ya este texto del Título señala que será el criterio de l legislación la estabilidad en el empleo, la que es consustancial con los contratos de duración indefinida. En la reglamentación legal tal estabilidad supone que el trabajador tiene el derecho de permanecer indefinidamente en el empleo hasta tanto no se configure una justa causal de terminación de contrato y si prospera el despido injustificado, indebido o improcedente, tiene el derecho a las correspondientes indemnizaciones."

Despido injustificado, indebido, improcedente

JLT de Valparaíso, O-1096-2018, Mg. Ximena Adriana Cárcamo Zamora, Titular:

"No se puede perder de vista que el conflicto laboral por despido comienza cuando el empleador efectúa una serie de imputaciones fácticas, las cuales luego encuadra en una determinada causal que es la que justifica el término del contrato de trabajo. El conflicto se centrará en aquellos hechos contenidos en la carta de despido y respecto de los cuáles debe defenderse el trabajador imputado, donde, por cierto, la carga de la prueba corresponde primero a quien efectúa la imputación ¿el empleador- adquiriendo lógica el artículo 454 número 1) del estatuto laboral al señalar que en los juicios de despido quien comienza probando es el demandado, el que hizo inicialmente la imputación de hechos que significaron el despido del trabajador. En esta misma línea de ideas, debe recordarse que el ordenamiento laboral tiene como mandato expreso la protección del más débil, labor que cumple a través de una serie de instituciones, entre ellas, las relativas al establecimiento de un sistema regulado de terminación del contrato de trabajo, donde se establecen una serie de restricciones, limitaciones y cargas, entendiéndose que sólo el cumplimiento de todas ellas por el empleador habilitan y justifican la decisión de poner término a la relación laboral, debiendo, por tanto, entenderse dentro de esta lógica de protección, la carga que pesa sobre el empleador de poner el máximo cuidado, por la trascendencia de la decisión que está tomando, al momento de señalar los hechos y la causal legal de término, ya que con ello está dándole sentido y justificación a su actuar, por lo que a contario sensu debe interpretarse como reprochable el incumplimiento de este mandato. La sanción frente a la omisión a la que nos hemos venido refiriendo no puede ser otra que aquella que impone el juez de la causa, cual es que se debe impedir al demandado la alegación de hechos que no fueron señalados con precisión en la carta de despido, con lo cual, además, se cumplen una infinidad de principios laborales, como los son el debido proceso, la protección al trabajador y en general los relacionados con una defensa integral de quien es imputado en juicio."
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El presente texto fue redactado por Emilio Kopaitic Aguirre, Magíster en Derecho Laboral y Seguridad Social.

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