Diferencia entre revisiones de «Artículo 2 del Código Civil»

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  La costumbre no constituye derecho sino en los casos en que la ley se remite a ella.
  La costumbre no constituye derecho sino en los casos en que la ley se remite a ella.


==Jurisprudencia==


[[Categoría:Artículos del Código Civil Chileno]]
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Revisión del 20:57 5 oct 2024

Artículo 2 del Código Civil.
La costumbre no constituye derecho sino en los casos en que la ley se remite a ella.

Jurisprudencia