Diferencia entre revisiones de «Audiencia de Conciliación Laboral»

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'''¿Qué es la audiencia de conciliación o etapa de conciliación?''' La '''conciliación''' es una actuación obligatoria dentro del procedimiento laboral. Se concibe como un ''equivalente jurisdiccional'' que se inserta en el proceso para indagar sobre un posible acuerdo entre las partes.
'''¿Qué es la audiencia de conciliación o etapa de conciliación?''' La conciliación laboral es un mecanismo de resolución de conflictos que se inserta en el procedimiento judicial laboral. Constituye un equivalente jurisdiccional de carácter autocompositivo. En este proceso, las partes buscan un acuerdo sobre las bases propuestas por el juez o jueza que dirige la audiencia. Estas bases son aceptadas, total o parcialmente, por los intervinientes, logrando así poner término anticipado al procedimiento, total o parcialmente.
 
En el contexto del procedimiento monitorio, la audiencia es única y comprende las etapas de conciliación, contestación y prueba.


=== ¿Cuáles son sus requisitos? ===
=== ¿Cuáles son sus requisitos? ===

Revisión del 00:35 19 sep 2025

¿Qué es la audiencia de conciliación o etapa de conciliación? La conciliación laboral es un mecanismo de resolución de conflictos que se inserta en el procedimiento judicial laboral. Constituye un equivalente jurisdiccional de carácter autocompositivo. En este proceso, las partes buscan un acuerdo sobre las bases propuestas por el juez o jueza que dirige la audiencia. Estas bases son aceptadas, total o parcialmente, por los intervinientes, logrando así poner término anticipado al procedimiento, total o parcialmente.

¿Cuáles son sus requisitos?

Para que la etapa de conciliación se desarrolle adecuadamente, se observan los siguientes requisitos:

Carácter Obligatorio: Es una fase que el legislador ha establecido como ineludible en el procedimiento laboral. Presencia de las Partes y Apoderados: Es fundamental verificar la comparecencia de las partes y sus abogados. Estos deben tener facultades para transigir o percibir (llegar a acuerdos o recibir pagos), las cuales se entienden conferidas por el solo ministerio de la ley según el artículo 426 inciso 2° del Código del Trabajo. La ausencia de una parte puede llevar a continuar la audiencia en su rebeldía.

Estudio Previo de la Causa por el Juez: El juez o jueza que dirige la audiencia debe realizar un estudio exhaustivo de la demanda y la contestación, así como de las actas de audiencias previas si las hay. Este análisis le permite conocer las acciones ejercidas, los hechos relevantes, las peticiones concretas, las excepciones, los hechos controvertidos y las defensas. Incluso se recomienda revisar la prueba documental digitalizada para acotar el objeto del juicio y proponer mejores bases de arreglo.

Propuesta de Bases de Arreglo por el Juez: El juez tiene la obligación de proponer bases de arreglo, lo que resulta más sólido tras conocer los argumentos y defensas del demandado. Se recomienda que el esquema de estudio previo incluya posibles bases de conciliación.

Lenguaje Claro: En audiencias monitorias, donde es probable que las partes asistan personalmente, el lenguaje debe ser claro, sencillo y no técnico, para asegurar la comprensión de los intervinientes.

¿Cuándo se puede realizar la conciliación?

La etapa de conciliación puede tener lugar en diferentes momentos procesales:

En la Audiencia Preparatoria: Momento natural y adecuado para indagar sobre un posible acuerdo. Generalmente, el llamado a conciliación se realiza después de contestada la demanda y resueltas las excepciones.

En la Audiencia Monitoria: Esta audiencia concentra varios actos procesales, incluyendo la conciliación, la contestación y la prueba. El llamado a conciliación suele hacerse tras la contestación de la demanda y resueltas las excepciones, cuando el juez cuenta con más información para proponer bases de arreglo.

En la Audiencia de Juicio Oral Laboral: Aunque esta etapa se centra en la prueba, se contempla la posibilidad de un llamado extraordinario a conciliación. Si las partes están cerca de un acuerdo, puede suspenderse la audiencia para facilitar la conciliación. Sin embargo, la suspensión por mera voluntad de las partes no está expresamente regulada y suele negarse para evitar dilaciones injustificadas.

¿Cuál es la finalidad de la conciliación?

La conciliación persigue varias finalidades clave dentro del procedimiento laboral:

Solución Anticipada de Conflictos: Evita que las causas lleguen a juicio al ofrecer una vía equivalente a la sentencia, permitiendo resolver conflictos por acuerdo de las partes.

Descongestión del Sistema Judicial: En el procedimiento monitorio, uno de sus objetivos es aliviar la carga del juicio oral laboral general, reduciendo la sobrecarga de tribunales. También sirve para reducir la alta carga de trabajo de los órganos jurisdiccionales, logrando que menos asuntos lleguen a la etapa de juicio oral.

Eficiencia Procesal: Permite celebrar una audiencia de juicio más concentrada en lo realmente disputado, simplificando la sentencia.

Garantía del Debido Proceso: Favorece un procedimiento racional y justo, asegurando el ejercicio efectivo de los derechos.

Promoción del Diálogo y la Búsqueda de Acuerdos: El juez, al resumir la demanda y la contestación, enmarca el conflicto y aclara aspectos necesarios, reforzando su rol en la búsqueda de acuerdos.

Ahorro y Manejo de Tiempos y Costos: La mediación y la negociación son, con pocas excepciones, mucho más económicas y rápidas que el arbitraje o el litigio judicial. Un conflicto judicial genera gastos significativos, incluyendo honorarios profesionales de abogados y expertos, y puede implicar "dinero bloqueado". La mediación puede durar unas pocas horas, mientras que un litigio puede prolongarse indefinidamente.

Control del resultado y reducción de la incertidumbre: A diferencia de un juicio donde un juez decide, la negociación permite a las partes mantener el control sobre la solución de su conflicto. Las empresas, por ejemplo, evitan la incertidumbre que puede generar estrés y dificultar la planificación financiera. Un acuerdo negociado ofrece un resultado predecible, lo cual es altamente valorado.

Satisfacción de intereses y soluciones creativas: La negociación se enfoca en los intereses subyacentes (necesidades, deseos, preocupaciones y temores) de las partes, más allá de sus posiciones explícitas. Esto permite inventar opciones de beneficio mutuo y soluciones creativas que "agranden el pastel", trascendiendo las soluciones obvias o de "suma cero". Un juez, al resolver un caso, está limitado por las peticiones de las partes, y los motivos subyacentes o necesidades no expresadas pueden no ser abordados. La negociación, en cambio, no está limitada por la demanda inicial y puede explorar intereses más amplios, llevando a soluciones más completas y duraderas.

Preservación y mejora de las relaciones: La confrontación en los tribunales casi siempre daña las relaciones personales y comerciales. La mediación y la negociación, al promover la solución conjunta de problemas y restaurar el diálogo, tienen una mayor probabilidad de salvar o mejorar las relaciones en curso. Esto es vital en relaciones laborales o comerciales continuas.

"Comprobación de la realidad" (Reality Check): La negociación permite a las partes y sus abogados evaluar de forma más objetiva sus posiciones y las probabilidades de éxito en el litigio judicial, ayudándoles a evitar expectativas excesivas. Un tercero neutral, como un mediador, puede debatir las desventajas o consecuencias adversas de un litigio que las partes hayan ignorado.

Confidencialidad: La mediación es un procedimiento confidencial, lo que puede ser un interés importante para las partes que desean discreción sobre el conflicto o sus detalles.

Deber ético y profesional del abogado: Los profesionales del derecho tienen el deber ético de informar a sus clientes sobre la existencia de otros métodos de resolución de conflictos, sus ventajas y desventajas, y cómo elegir el más apropiado. La negociación es una habilidad fundamental que los abogados deben dominar, no solo para la resolución de conflictos sino también para la firma de "operaciones" o contratos.

Evitar la "petrificación" de posturas: Si el procedimiento judicial ya ha comenzado con la demanda y la contestación, las posturas de las partes pueden "petrificarse" y "encorsetar" la negociación, lo que dificulta un acuerdo. Negociar en fases tempranas, o incluso antes de que estalle el conflicto, es más eficaz.

Necesidad de negociar

Negociar es una habilidad y una tarea de suma importancia para los abogados, tanto en las audiencias como durante los juicios, o incluso antes de que los litigios comiencen. Esta importancia se deriva de múltiples factores relacionados con la eficiencia, los costos, la satisfacción del cliente y la naturaleza misma de la resolución de conflictos.

En primer lugar, la negociación es un mecanismo alternativo de resolución de conflictos que permite a las partes interactuar y buscar acuerdos sin la intervención de un tercero, aunque puedan estar representadas por sus abogados. Los abogados son uno de los tres pilares básicos sobre los que se sustenta la negociación y su función es fundamental para proteger a sus clientes de acuerdos ilegales, injustos o perjudiciales. Deben garantizar que cualquier acuerdo refleje plenamente los intereses de su cliente.