¿Tiene la Dirección del Trabajo la facultad de calificar o establecer la causal aplicable para el término de una relación laboral?

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“Como hicimos presente anteriormente, el despido consiste en forma amplia, en la rescisión unilateral del empresario por motivos disciplinarios, así como cualquier otro cese unilateralmente impuesto por el empresario al trabajador, incluso fundado en una causa ajena al incumplimiento contractual de este”. (Gamonal, 2021).

No, la Dirección del Trabajo carece de competencia para determinar si ciertos hechos configuran una causal legal de término de contrato o para definir cuál debería invocarse en una situación específica.

Esa valoración corresponde exclusivamente al empleador, quien debe decidir si las circunstancias justifican la terminación del vínculo laboral.

No obstante, el trabajador conserva el derecho a impugnar el despido ante los Tribunales del Trabajo si considera que la causal invocada es improcedente, injustificada o indebida.