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- 20:58 7 nov 2024 Demandas contra Paris (hist. | editar) [12 410 bytes] María José Montes (discusión | contribs.) (Página creada con «==Introducción== En el presente artículo, encontrará una lista de demandas en contra PARIS ADMINISTRADORA CENTRO LIMITADA o más conocida como Paris. ==Demandas por despido injustificado== ==Demandas por despido indirecto== ==Demandas por vulneración a derechos fundamentales==»)
- 19:08 7 nov 2024 Demandas contra el Santa Isabel (hist. | editar) [11 994 bytes] María José Montes (discusión | contribs.) (Página creada con «==Introducción== El siguiente artículo presenta una lista de demandas en contra de SANTA ISABEL ADMINISTRADORA S.A, conocida como Santa Isabel. ==Demandas por despido indirecto== ==Demandas por despido injustificado== ==Demandas por vulneración de derechos fundamentales==»)
- 18:13 7 nov 2024 Demandas contra el Jumbo (hist. | editar) [16 365 bytes] María José Montes (discusión | contribs.) (Página creada con «==Introducción== En el presente artículo, encontrará una lista de demandas en contra JUMBO SUPERMERCARDOS ADMINISTRADORA LIMITADA o más conocida como Jumbo. ==Demandas por despido injustificado== '''Juzgado de Letras del Trabajo de Iquique, RIT M-295-2024. Despido injustificado por no configurarse causal invocada. "PRIMERO: Que, compareció doña Valentina Elena Araya Arriagada, soltera, emprendedora, domiciliada en Valle Central N° 3122 de la ciudad de…»)
- 17:14 7 nov 2024 Demandas contra la Cruz Verde (hist. | editar) [11 876 bytes] María José Montes (discusión | contribs.) (Página creada con «==introducción== En el presente artículo, encontrará una lista de demandas en contra FARMACIAS CRUZ VERDE SPA. o conocida como Cruz Verde. ==Demandas por despido indirecto== '''Juzgado de Letras del Trabajo de Copiapó, RIT O-280-2022. Despido indirecto por incumplimiento de las obligaciones establecidas en el contrato de trabajo. 1°) Doña YENI EVELYN SEPÚLVEDA MUÑOZ, cesante, domiciliada en Calle Almirante Simpson #1741, Copiapó, asistida por su aboga…»)
- 16:26 6 nov 2024 Demandas contra el Lider (hist. | editar) [5802 bytes] Admin (discusión | contribs.) (Página creada con «La siguiente es una lista de demandas en contra de la ADMINISTRADORA DE SUPERMERCADOS EXPRESS LTDA, conocida como Lider o Walmart. ==Demandas por despido indirecto== ==Demandas por despido injustificado== ==Demandas por vulneración de derechos fundamentales== '''2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, RIT T-2649-2023. Vulneración con ocasión del despido de los derechos fundamentales de la vida, de la integridad física y psíquica y la no discrimi…»)
- 15:56 6 nov 2024 Demandas por desahucio (hist. | editar) [11 529 bytes] María José Montes (discusión | contribs.) (Página creada con «==Motivos comunes de las siguientes demandas== Los motivos comunes por la cual se demanda la causal de término del contrato por desahucio regulada en el Artículo 161 inciso 2º del Código del Trabajo, son las siguientes: 1. Causal invocada no cumple con los supuestos que se establecen en la ley. 2. despido injustificado. 3. no se logra probar la causal de desahucio invocada. ==Jurisprudencia== '''JLT de Temuco, R…»)
- 13:46 6 nov 2024 Desahucio (hist. | editar) [167 bytes] María José Montes (discusión | contribs.) (Página creada con «==Desahucio== '''JLT de Temuco, Rit NºM-167-2023'''. Dictada por Christian Osses Cares. "SÉPTIMO: Que la carta de despido de fecha 27 de febrero de 2023, invoca como causal de término del contrato, la indicada en el artículo 161 inciso 2° del Código del Trabajo, esto es, desahucio escrito del empleador. OCTAVO: Que el inciso 2° del artículo 161 del Código del Trabajo, contempla la institución del desahucio del empleador, norma que señala tax…»)
- 12:55 5 nov 2024 Demandas contra Salcobrand (hist. | editar) [13 956 bytes] María José Montes (discusión | contribs.) (Página creada con «==Motivos comunes de las demandas== ==Jurisprudencia== '''JLT de Chillán, Rit Nº M-353-2024'''. Dictado por Sergio Rodrigo Dunlop Echavarría "Quinto: (...) De esta forma, en su caso particular, la suma de los resultados del local durante el último año, no obstante, una serie de medidas de eficiencia y productividad desarrolladas, no han podido revertir esta situación, lo cual tiene como consecuencia un ajuste en la dotación del mismo, a f…») originalmente creado como «Demandas Salcobrand»
- 18:26 26 oct 2024 Acto administrativo (hist. | editar) [1033 bytes] Admin (discusión | contribs.) (Página creada con « '''Contraloría General de la República, Dictamen N° 005380N00 Debe entenderse por acto administrativo toda declaración de voluntad general o particular de un órgano administrativo, en función de una potestad administrativa y que tiene por finalidad decidir o emitir juicios sobre derechos, deberes e intereses de las entidades administrativas o de particulares frente a él. Para que estemos en presencia de un acto administrativo se requiere lo sigu…»)
- 15:34 26 oct 2024 Principio de la preclusión procesal (hist. | editar) [4164 bytes] Admin (discusión | contribs.) (Página creada con «'''La preclusión es uno de los principios que rigen el proceso y se funda en el hecho de que las diversas etapas del proceso se desarrollan en forma sucesiva, mediante la clausura definitiva de cada una de ellas, impidiéndose el regreso a momentos procesales ya extinguidos y consumados, esto es, en virtud del principio de la preclusión, extinguida o consumada la oportunidad procesal para realizar un acto, éste ya no podrá ejecutarse nuevamente. Además doctrinari…»)
- 15:56 19 oct 2024 Ley de comparecencia en juicio (hist. | editar) [11 935 bytes] Admin (discusión | contribs.) (Página creada con « ==Ley N° 18.120== ESTABLECE NORMAS SOBRE COMPARECENCIA EN JUICIO Y MODIFICA LOS ARTICULOS 4° DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL Y 523 DEL CODIGO ORGANICO DE TRIBUNALES La Junta de Gobierno de la República de Chile ha dado su aprobación al siguiente: "Proyecto de Ley" Artículo 1°.- La primera presentación de cada parte o interesado en asuntos contenciosos o no contenciosos ante cualquier tribunal de la República, sea ordinario, arbitral o…»)
- 15:21 19 oct 2024 Agencia oficiosa (hist. | editar) [9134 bytes] Admin (discusión | contribs.) (Página creada con «'''Agencia oficiosa procesal:''' Es un acto jurídico unilateral por el cual una persona asume, sin poder, la representación de otra, ofreciendo garantía de que esta ratificará lo obrado en el plazo fijado por el tribunal. Comparecencia en juicio de una persona a nombre de otra sin poder. Sea porque no se ha otorgado o por haber sido otorgado sin las solemnidades exigidas. Restricciones: El que comparece en juicio en beneficio de otro sin pod…»)
- 20:54 18 oct 2024 Recursos procesales (hist. | editar) [16 353 bytes] María José Montes (discusión | contribs.) (Página creada con «=RECURSOS= ==INTRODUCCIÓN== Las resoluciones judiciales pueden ser muchas veces injustos o irregulares, lo que podría perjudicar el debido proceso que se establece en el artículo 19 Nº3 de la Constitución política de la República. Una forma de poder dar solución a esto y dar cumplimiento legítimo al debido proceso, es que surgen los recursos procesales que actúan como un medio de impugnación con el fin de reparar vicios formales o de fondo que surjan en l…»)
- 01:49 14 oct 2024 Conservador de Bienes Raices y Comercio de Santiago (hist. | editar) [1491 bytes] Admin (discusión | contribs.) (Página creada con «'''Conservador de Bienes Raices y Comercio de Santiago», Luis Maldonado Croquevielle''' ==Datos de contaco== * Conservador: - Luis Maldonado Croquevielle * Sitio web: www.conservador.cl * Domicilio: Morandé Nº 440, Santiago * Horarios de atención: Lunes a Viernes de 9:00 a 15:00 hrs. * Teléfono: (56 -2) 2585 8118 * Correos de contacto: info@conservador.cl ** Consultas Comercio: contactocomercio@conservador.cl ** Consultas de Planos: planos@conservador.cl ** S…»)
- 01:33 14 oct 2024 Conservadores de Santiago (hist. | editar) [1060 bytes] Admin (discusión | contribs.) (Página creada con «Los '''Conservadores de Bienes Raices y Comercio, del Registro de Interdicciones y Prohibiciones, del Registro de Hipotecas y Gravámenes y el Archivero Judicial de Santiago.''' ==Conservador de Bienes Raices y Comercio de Santiago== * Conservador de Bienes Raices y Comercio - Luis Maldonado Croquevielle * conservador.cl * Morandé Nº 440, Santiago * 2585 8118 * info@conservador.cl ==Conservador Registro Interdicciones y Prohibiciones de Santiago== * Con…»)
- 01:20 14 oct 2024 Conservador de Bienes Raíces y de Comercio de Valparaíso (hist. | editar) [1010 bytes] Admin (discusión | contribs.) (Página creada con «El '''Conservador de Bienes Raíces y de Comercio de Valparaíso''' se encuentra ubicado en Prat Nº 804, Valparaíso y se puede acceder a través de su [www.cbrvalpo.cl sitio en internet] Don Ricardo Valderrama Lathrop es el Conservador de Bienes Raíces de Valparaiso, fue nombrado oficialmente el 18 de Abril de 1990 y se encuentra ubicado en Prat 804, Valparaiso - Chile. El Conservador, como ministro de fe, tiene a su cargo el proceso registral de las propieda…»)
- 01:13 14 oct 2024 Notaria y Conservador de Minas de Valparaíso (hist. | editar) [461 bytes] Admin (discusión | contribs.) (Página creada con «La '''1ra Notaria y Conservador de Minas de Valparaíso'''. Notario don '''Enzo Repetto Lues.''' ==Datos de contacto== * '''Notario:''' Enzo Repetto Lues * '''Domicilio:''' Cochrane Nº 836-838, Valparaíso * '''Teléfono:''' 32 -223 4463 * '''Correo:''' astorga.notaria@gmail.com; enzorepettol@gmail.com * '''Sitio:''' * '''Horario:''' * '''Anteriormente:''' M. Ester Astorga Lagos Categoría:Notarias de Valparaíso Categoría:Conservador de Minas»)
- 01:08 14 oct 2024 Notaria y Archivero Judicial de Valparaíso (hist. | editar) [702 bytes] Admin (discusión | contribs.) (Página creada con «'''Notaria y Archivero Judicial de Valparaíso Marcela María Pía Tavolari Oliveros''', es la 2da Notaría de Valparaíso y el Archivero Judicial. ==Datos de contacto con la Notaria y Archivero Judicial== * '''Notario:''' Marcela Blanco Tavolari Oliveros * '''Domicilio:''' Almirante Blanco Encalada Nº 648, Valparaíso * '''Teléfono:''' +56 32 225 5094; +56 32 275 7289 * '''Correo:''' archiverojudicial@marcelatavolari.cl; notaria@marcelatavolari.cl * '''Sitio:…»)
- 03:24 13 oct 2024 Correos de Cortes de Apelaciones (hist. | editar) [1794 bytes] Admin (discusión | contribs.) (Página creada con «Los correos oficiales de contacto de las Cortes de Apelaciones de Chile ==Correos electrónicos de contacto== * Corte de Apelaciones de Arica: '''ca_arica@pjud.cl''' - Teléfono: 0582208800 * Corte de Apelaciones de Iquique: '''ca_iquique@pjud.cl''' - Teléfono: 572738300 * Corte de Apelaciones de Antofagasta: '''escritos_caantofagasta@pjud.cl''' - Teléfono: 552652400 * Corte de Apelaciones de Copiapó: '''ca_copiapo@pjud.cl''' - Teléfono: (52) 22…»)
- 02:17 13 oct 2024 Unificación Rol N° 206.616-2023 (hist. | editar) [16 272 bytes] Admin (discusión | contribs.) (Página creada con « ==Sentencia== Santiago, diez de septiembre de dos mil veinticuatro. '''Vistos:''' En estos autos RIT O-69-2021, RUC 2140359793-4, del Primer Juzgado de Letras de San Antonio, por sentencia de tres de mayo de dos mil veintitrés, se acogió parcialmente la demanda, y se declaró la existencia de una relación laboral entre don Germán Esteban Valenzuela López y la Municipalidad de San Antonio, condenándola únicamente al pago del feriado legal y proporcional. Asi…»)
- 02:01 13 oct 2024 Sentencias de Unificación de Jurisprudencia de 2024 (hist. | editar) [598 bytes] Admin (discusión | contribs.) (Página creada con «{{Unificaciones2}} =Acogidas= ==Enero== ==Febrero== ==Marzo== ==Abril== ==Mayo== ==Junio== ==Julio== ==Agosto== ==Septiembre== ==Octubre== =Rechazadas= Categoría:Sentencias de Unificación de Jurisprudencia Categoría:Unificaciones de 2024»)
- 22:16 10 oct 2024 Artículo 2445 del Código Civil (hist. | editar) [239 bytes] María José Montes (discusión | contribs.) (Página creada con « Artículo 2445 del Código Civil. En cuanto a la anticresis judicial o prenda pretoria, se estará a lo prevenido en el Código de Enjuiciamiento. ==Materias== ==Jurisprudencia== Categoría:Artículos del Código Civil Chileno»)
- 22:16 10 oct 2024 Artículo 2444 del Código Civil (hist. | editar) [431 bytes] María José Montes (discusión | contribs.) (Página creada con « Artículo 2444 del Código Civil. El deudor no podrá pedir la restitución de la cosa dada en anticresis, sino después de la extinción total de la deuda; pero el acreedor podrá restituirla en cualquier tiempo y perseguir el pago de su crédito por los otros medios legales; sin perjuicio de lo que se hubiere estipulado en contrario. ==Materias== ==Jurisprudencia== Categoría:Artículos del Código Civil Chileno»)
- 22:16 10 oct 2024 Artículo 2443 del Código Civil (hist. | editar) [379 bytes] María José Montes (discusión | contribs.) (Página creada con « Artículo 2443 del Código Civil. Las partes podrán estipular que los frutos se compensen con los intereses, en su totalidad, o hasta concurrencia de valores. Los intereses que estipularen estarán sujetos en el caso de lesión enorme a la misma reducción que en el caso de mutuo. ==Materias== ==Jurisprudencia== Categoría:Artículos del Código Civil Chileno»)
- 22:16 10 oct 2024 Artículo 2442 del Código Civil (hist. | editar) [259 bytes] María José Montes (discusión | contribs.) (Página creada con « Artículo 2442 del Código Civil. Si el crédito produjere intereses, tendrá derecho el acreedor para que la imputación de los frutos se haga primeramente a ellos. ==Materias== ==Jurisprudencia== Categoría:Artículos del Código Civil Chileno»)
- 22:16 10 oct 2024 Artículo 2441 del Código Civil (hist. | editar) [356 bytes] María José Montes (discusión | contribs.) (Página creada con « Artículo 2441 del Código Civil. El acreedor no se hace dueño del inmueble a falta de pago; ni tendrá preferencia en él sobre los otros acreedores, sino la que le diere el contrato accesorio de hipoteca si lo hubiere. Toda estipulación en contrario es nula. ==Materias== ==Jurisprudencia== Categoría:Artículos del Código Civil Chileno»)
- 22:16 10 oct 2024 Artículo 2440 del Código Civil (hist. | editar) [361 bytes] María José Montes (discusión | contribs.) (Página creada con « Artículo 2440 del Código Civil. El acreedor que tiene anticresis, goza de los mismos derechos que el arrendatario para el abono de mejoras, perjuicios y gastos, y está sujeto a las mismas obligaciones que el arrendatario relativamente a la conservación de la cosa. ==Materias== ==Jurisprudencia== Categoría:Artículos del Código Civil Chileno»)
- 22:16 10 oct 2024 Artículo 2439 del Código Civil (hist. | editar) [349 bytes] María José Montes (discusión | contribs.) (Página creada con « Artículo 2439 del Código Civil. Podrá darse al acreedor en anticresis el inmueble anteriormente hipotecado al mismo acreedor; y podrá asimismo hipotecarse al acreedor, con las formalidades y efectos legales, el inmueble que se le ha dado en anticresis. ==Materias== ==Jurisprudencia== Categoría:Artículos del Código Civil Chileno»)
- 22:16 10 oct 2024 Artículo 2438 del Código Civil (hist. | editar) [460 bytes] María José Montes (discusión | contribs.) (Página creada con « Artículo 2438 del Código Civil. La anticresis no da al acreedor, por sí sola, ningún derecho real sobre la cosa entregada. Se aplica al acreedor anticrético lo dispuesto a favor del arrendatario en el caso del artículo 1962. No valdrá la anticresis en perjuicio de los derechos reales ni de los arrendamientos anteriormente constituidos sobre la finca. ==Materias== ==Jurisprudencia== Categoría:Artículos del Código Civil Chileno»)
- 22:16 10 oct 2024 Artículo 2437 del Código Civil (hist. | editar) [200 bytes] María José Montes (discusión | contribs.) (Página creada con « Artículo 2437 del Código Civil. El contrato de anticresis se perfecciona por la tradición del inmueble. ==Materias== ==Jurisprudencia== Categoría:Artículos del Código Civil Chileno»)
- 22:15 10 oct 2024 Artículo 2436 del Código Civil (hist. | editar) [215 bytes] María José Montes (discusión | contribs.) (Página creada con « Artículo 2436 del Código Civil. La cosa raíz puede pertenecer al deudor, o a un tercero que consienta en la anticresis. ==Materias== ==Jurisprudencia== Categoría:Artículos del Código Civil Chileno»)
- 22:15 10 oct 2024 Artículo 2435 del Código Civil (hist. | editar) [238 bytes] María José Montes (discusión | contribs.) (Página creada con « Artículo 2435 del Código Civil. La anticresis es un contrato por el que se entrega al acreedor una cosa raíz para que se pague con sus frutos. ==Materias== ==Jurisprudencia== Categoría:Artículos del Código Civil Chileno»)
- 22:15 10 oct 2024 Artículo 2434 del Código Civil (hist. | editar) [556 bytes] María José Montes (discusión | contribs.) (Página creada con « Artículo 2434 del Código Civil. La hipoteca se extingue junto con la obligación principal. Se extingue asimismo por la resolución del derecho del que la constituyó, o por el evento de la condición resolutoria, según las reglas legales. Se extingue además por la llegada del día hasta el cual fue constituida. Y por la cancelación que el acreedor otorgare por escritura pública, de que se tome razón al margen de la inscripción respectiva. ==…»)
- 22:15 10 oct 2024 Artículo 2433 del Código Civil (hist. | editar) [428 bytes] María José Montes (discusión | contribs.) (Página creada con « Artículo 2433 del Código Civil. La inscripción no se anulará por la falta de alguna de las designaciones prevenidas bajo los números 1.º, 2.º, 3.º y 4.º del precedente artículo, siempre que por medio de ella o del contrato o contratos citados en ella, pueda venirse en conocimiento de lo que en la inscripción se eche menos. ==Materias== ==Jurisprudencia== Categoría:Artículos del Código Civil Chileno»)
- 22:15 10 oct 2024 Artículo 2432 del Código Civil (hist. | editar) [1276 bytes] María José Montes (discusión | contribs.) (Página creada con « Artículo 2432 del Código Civil. La inscripción de la hipoteca deberá contener: '''1º.''' El nombre, apellido y domicilio del acreedor, y su profesión, si tuviere alguna, y las mismas designaciones relativamente al deudor, y a los que como apoderados o representantes legales del uno o del otro requieran la inscripción. Las personas jurídicas serán designadas por su denominación legal o popular, y por el lugar de su establecimiento; y se extender…»)
- 22:15 10 oct 2024 Artículo 2431 del Código Civil (hist. | editar) [603 bytes] María José Montes (discusión | contribs.) (Página creada con « Artículo 2431 del Código Civil. La hipoteca podrá limitarse a una determinada suma, con tal que así se exprese inequívocamente; pero no se extenderá en ningún caso a más del duplo del importe conocido o presunto de la obligación principal, aunque así se haya estipulado. El deudor tendrá derecho para que se reduzca la hipoteca a dicho importe; y reducida, se hará a su costa una nueva inscripción, en virtud de la cual no valdrá la primera sino has…»)
- 22:15 10 oct 2024 Artículo 2430 del Código Civil (hist. | editar) [539 bytes] María José Montes (discusión | contribs.) (Página creada con « Artículo 2430 del Código Civil. El que hipoteca un inmueble suyo por una deuda ajena, no se entenderá obligado personalmente, si no se hubiere estipulado. Sea que se haya obligado personalmente o no, se le aplicará la disposición del artículo precedente. La fianza se llama hipotecaria cuando el fiador se obliga con hipoteca. La fianza hipotecaria está sujeta en cuanto a la acción personal a las reglas de la simple fianza. ==Materias== ==Ju…»)
- 22:15 10 oct 2024 Artículo 2429 del Código Civil (hist. | editar) [602 bytes] María José Montes (discusión | contribs.) (Página creada con « Artículo 2429 del Código Civil. El tercer poseedor reconvenido para el pago de la hipoteca constituida sobre la finca que después pasó a sus manos con este gravamen, no tendrá derecho para que se persiga primero a los deudores personalmente obligados. Haciendo el pago se subroga en los derechos del acreedor en los mismos términos que el fiador. Si fuere desposeído de la finca o la abandonare, será plenamente indemnizado por el deudor, con inclusi…»)
- 22:15 10 oct 2024 Artículo 2428 del Código Civil (hist. | editar) [789 bytes] María José Montes (discusión | contribs.) (Página creada con « Artículo 2428 del Código Civil. La hipoteca da al acreedor el derecho de perseguir la finca hipotecada, sea quien fuere el que la posea, y a cualquier título que la haya adquirido. Sin embargo, esta disposición no tendrá lugar contra el tercero que haya adquirido la finca hipotecada en pública subasta, ordenada por el juez. Mas para que esta excepción surta efecto a favor del tercero deberá hacerse la subasta con citación personal, en el término…»)
- 22:15 10 oct 2024 Artículo 2427 del Código Civil (hist. | editar) [592 bytes] María José Montes (discusión | contribs.) (Página creada con « Artículo 2427 del Código Civil. Si la finca se perdiere o deteriorare en términos de no ser suficiente para la seguridad de la deuda, tendrá derecho el acreedor a que se mejore la hipoteca, a no ser que consienta en que se le dé otra seguridad equivalente; y en defecto de ambas cosas, podrá demandar el pago inmediato de la deuda líquida, aunque esté pendiente el plazo, o implorar las providencias conservativas que el caso admita, si la deuda fuere ilíqui…»)
- 22:14 10 oct 2024 Artículo 2426 del Código Civil (hist. | editar) [416 bytes] María José Montes (discusión | contribs.) (Página creada con « Artículo 2426 del Código Civil. El dueño de la finca perseguida por el acreedor hipotecario podrá abandonársela, y mientras no se haya consumado la adjudicación, podrá también recobrarla, pagando la cantidad a que fuere obligada la finca, y además las costas y gastos que este abandono hubiere causado al acreedor. ==Materias== ==Jurisprudencia== Categoría:Artículos del Código Civil Chileno»)
- 22:14 10 oct 2024 Artículo 2425 del Código Civil (hist. | editar) [382 bytes] María José Montes (discusión | contribs.) (Página creada con « Artículo 2425 del Código Civil. El ejercicio de la acción hipotecaria no perjudica a la acción personal del acreedor para hacerse pagar sobre los bienes del deudor que no le han sido hipotecados; pero aquélla no comunica a ésta el derecho de preferencia que corresponde a la primera. ==Materias== ==Jurisprudencia== Categoría:Artículos del Código Civil Chileno»)
- 22:14 10 oct 2024 Artículo 2424 del Código Civil (hist. | editar) [266 bytes] María José Montes (discusión | contribs.) (Página creada con « Artículo 2424 del Código Civil. El acreedor hipotecario tiene para hacerse pagar sobre las cosas hipotecadas los mismos derechos que el acreedor prendario sobre la prenda. ==Materias== ==Jurisprudencia== Categoría:Artículos del Código Civil Chileno»)
- 22:14 10 oct 2024 Artículo 2423 del Código Civil (hist. | editar) [283 bytes] María José Montes (discusión | contribs.) (Página creada con « Artículo 2423 del Código Civil. La hipoteca sobre un usufructo o sobre minas y canteras no se extiende a los frutos percibidos, ni a las substancias minerales una vez separadas del suelo. ==Materias== ==Jurisprudencia== Categoría:Artículos del Código Civil Chileno»)
- 22:14 10 oct 2024 Artículo 2422 del Código Civil (hist. | editar) [307 bytes] María José Montes (discusión | contribs.) (Página creada con « Artículo 2422 del Código Civil. También se extiende la hipoteca a las pensiones devengadas por el arrendamiento de los bienes hipotecados, y a la indemnización debida por los aseguradores de los mismos bienes. ==Materias== ==Jurisprudencia== Categoría:Artículos del Código Civil Chileno»)
- 22:14 10 oct 2024 Artículo 2421 del Código Civil (hist. | editar) [212 bytes] María José Montes (discusión | contribs.) (Página creada con « Artículo 2421 del Código Civil. La hipoteca se extiende a todos los aumentos y mejoras que reciba la cosa hipotecada. ==Materias== ==Jurisprudencia== Categoría:Artículos del Código Civil Chileno»)
- 22:14 10 oct 2024 Artículo 2420 del Código Civil (hist. | editar) [355 bytes] María José Montes (discusión | contribs.) (Página creada con « Artículo 2420 del Código Civil. La hipoteca constituida sobre bienes raíces afecta los muebles que por accesión a ellos se reputan inmuebles según el artículo 570, pero deja de afectarlos desde que pertenecen a terceros. ==Materias== ==Jurisprudencia== Categoría:Artículos del Código Civil Chileno»)
- 22:14 10 oct 2024 Artículo 2419 del Código Civil (hist. | editar) [296 bytes] María José Montes (discusión | contribs.) (Página creada con « Artículo 2419 del Código Civil. La hipoteca de bienes futuros sólo da al acreedor el derecho de hacerla inscribir sobre los inmuebles que el deudor adquiera en lo sucesivo y a medida que los adquiera. ==Materias== ==Jurisprudencia== Categoría:Artículos del Código Civil Chileno»)
- 22:13 10 oct 2024 Artículo 2418 del Código Civil (hist. | editar) [345 bytes] María José Montes (discusión | contribs.) (Página creada con « Artículo 2418 del Código Civil. La hipoteca no podrá tener lugar sino sobre bienes raíces que se posean en propiedad o usufructo, o sobre naves. Las reglas particulares relativas a la hipoteca de las naves pertenecen al Código de Comercio. ==Materias== ==Jurisprudencia== Categoría:Artículos del Código Civil Chileno»)
- 22:13 10 oct 2024 Artículo 2417 del Código Civil (hist. | editar) [621 bytes] María José Montes (discusión | contribs.) (Página creada con « Artículo 2417 del Código Civil. El comunero puede, antes de la división de la cosa común, hipotecar su cuota; pero verificada la división, la hipoteca afectará solamente los bienes que en razón de dicha cuota se adjudiquen, si fueren hipotecables. Si no lo fueren, caducará la hipoteca. Podrá, con todo, subsistir la hipoteca sobre los bienes adjudicados a los otros partícipes, si éstos consintieren en ello, y así constare por escritura pública, de…»)